El Servicio Catalán de Tráfico ofrecerá las 24 horas del día un servicio de atención psicológica de respuesta inmediata después de sufrir un accidente

Un servicio de atención psicológica a víctimas directas e indirectas en los momentos posteriores a un  accidente las 24 horas del día, todos los días del año, y con cobertura territorial en prácticamente todos los municipios de Cataluña. Eso es posible desde el miércoles 25 de octubre a raíz del convenio de colaboración que firmaron los departamentos de Interior y Salud con el fin de ofrecer apoyo presencial e inmediato y atención especializada a los afectados de accidentes de tráfico en unos momentos tan trágicos y difíciles como los de tener que vivir la pérdida de un ser querido o las graves lesiones a consecuencia de un accidente de tráfico. Este servicio pretende ayudar a prevenir o, cuando menos, limitar la situación de vulnerabilidad y afrontar de una mejor manera esta realidad que tienen que vivir. El Servicio Catalán de Tráfico es quien ofrecerá este servicio, que se activará por parte de los Mossos d’Esquadra  y el Sistema de Emergencias Médicas, quien lo prestará.

 

Fuente: Sistema de Emergencias Médicas

¿Cuál es el objetivo de este servicio?

De acuerdo con sus líneas estratégicas de actuación y una de las acciones de su último Plan de seguridad vial, el Servicio Catalán de Tráfico (SCT) ha fijado ofrecer atención psicológica a las víctimas de tráfico en caso de accidentes mortales y también en los accidentes con heridos graves donde haya niños menores de 12 años. El objetivo es dar una respuesta aún mejor a la situación de gran vulnerabilidad y desorientación en el que se pueden encontrar las víctimas de un accidente de tráfico y acompañarlos en este proceso tan doloroso en los momentos posteriores al accidente.

¿Cómo se concreta?

El Servicio Catalán de Tráfico es quien activará el servicio, a través del cuerpo de los Mossos d’Esquadra, siempre que las víctimas den el consentimiento, y, a instancia de este organismo, el Sistema de Emergencias Médicas, que desde el año 2005 presta atención psicológica en diferentes tipologías de incidentes, es quien lo prestará, incorporando de esta manera las víctimas de accidentes de tráfico. En concreto, se llevarán a cabo las siguientes acciones:

  • La atención psicológica a las víctimas directas o indirectas en caso de accidentes mortales y a los afectados en caso de siniestros con heridos graves que sean niños menores de 12 años, hasta que se considere adecuado, derivando si es necesario al paciente a la atención primaria o especializada;
  • La comunicación de malas noticias en soporte de las policías de tráfico. Apoyo psicológico para casos en los que se tenga que comunicar a un familiar directo una muerte por accidente de tráfico;
  • La asistencia en el lugar del accidente en siniestros con múltiples víctimas
Fuente: Sistema de Emergencias Médicas

¿Cuándo estará activo?

Este servicio estará activo las 24 horas del día, todos los días del año, y dará cobertura a todos los municipios de Cataluña, excepto a la ciudad de Barcelona, dado que el Ayuntamiento de Barcelona ya cubre esta necesidad. No obstante, en casos excepcionales y si se requiriera así, también podría ser activado. Asimismo se tendrá que activar en los casos en que se reciba un requerimiento de otro cuerpo policial por accidentes de tráfico ocurridos fuera de Cataluña, siempre y cuando las propias víctimas y las personas de su entorno residan en Cataluña.

¿Qué complementa?

Este nuevo servicio de atención psicológica representa una medida que complementa y amplía el Servicio de Información y Atención a las Víctimas de Tráfico (SIAVT), en funcionamiento desde finales de marzo del 2012 y adscrito al Servicio Catalán de Tráfico, ya que dará respuesta inmediata a las víctimas después de sufrir un accidente

El SIAVT ofrece orientación jurídica, legal, psicológica, sanitaria y asistencial a todas las personas víctimas o afectadas por un accidente de tráfico. No pretende ser un servicio de respuesta inmediata tras el accidente, sino proporcionar una gestión integral a los afectados después del siniestro y ser un centro que aglutine un conjunto de recursos al alcance de las víctimas, tanto las directas como las indirectas.

El SIAVT está organizado para orientar a la persona afectada según la proximidad que pida. Recordamos que así se pone a disposición del usuario un teléfono gratuito, el 900 100 268, al que se puede llamar de lunes a domingo de 9 a 20 h. También se puede consultar la web victimestransit.gencat.cat o bien solicitar una entrevista personal.

Una resposta a “El Servicio Catalán de Tráfico ofrecerá las 24 horas del día un servicio de atención psicológica de respuesta inmediata después de sufrir un accidente

  1. Buena noticia, pero aún se puede mejorar:

    (no le llamemos accidente -accidente es un hecho FORTUITO al que le sigue un daño- SI SE PUDO EVITAR ES UN SINIESTRO VIAL)

    𝗗𝗘𝗕𝗢 𝗠𝗢𝗦𝗧𝗥𝗔𝗥 𝗠𝗜 𝗗𝗘𝗦𝗔𝗖𝗨𝗘𝗥𝗗𝗢 𝗖𝗢𝗡 𝗘𝗟 𝗣𝗥𝗜𝗠𝗘𝗥 𝗣𝗨𝗡𝗧𝗢 𝗖𝗨𝗔𝗡𝗗𝗢 𝗖𝗢𝗡𝗖𝗥𝗘𝗧𝗔 𝗔 𝗤𝗨𝗜É𝗡 𝗬 𝗖Ó𝗠𝗢 𝗦𝗘 𝗗𝗔𝗥Á 𝗘𝗟 𝗦𝗘𝗥𝗩𝗜𝗖𝗜𝗢, 𝗣𝗢𝗥 𝗦𝗘𝗥 𝗜𝗡𝗦𝗨𝗙𝗜𝗖𝗜𝗘𝗡𝗧𝗘.

    Dice así:

    “𝗟𝗮 𝗮𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶ó𝗻 𝗽𝘀𝗶𝗰𝗼𝗹ó𝗴𝗶𝗰𝗮 𝗮 𝗹𝗮𝘀 𝘃í𝗰𝘁𝗶𝗺𝗮𝘀 𝗱𝗶𝗿𝗲𝗰𝘁𝗮𝘀 𝗼 𝗶𝗻𝗱𝗶𝗿𝗲𝗰𝘁𝗮𝘀 𝗲𝗻 𝗰𝗮𝘀𝗼 𝗱𝗲 𝗮𝗰𝗰𝗶𝗱𝗲𝗻𝘁𝗲𝘀 𝗺𝗼𝗿𝘁𝗮𝗹𝗲𝘀 𝘆 𝗮 𝗹𝗼𝘀 𝗮𝗳𝗲𝗰𝘁𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗲𝗻 𝗰𝗮𝘀𝗼 𝗱𝗲 𝘀𝗶𝗻𝗶𝗲𝘀𝘁𝗿𝗼𝘀 𝗰𝗼𝗻 𝗵𝗲𝗿𝗶𝗱𝗼𝘀 𝗴𝗿𝗮𝘃𝗲𝘀 𝗾𝘂𝗲 𝘀𝗲𝗮𝗻 𝗻𝗶ñ𝗼𝘀 𝗺𝗲𝗻𝗼𝗿𝗲𝘀 𝗱𝗲 12 𝗮ñ𝗼𝘀, 𝗵𝗮𝘀𝘁𝗮 𝗾𝘂𝗲 𝘀𝗲 𝗰𝗼𝗻𝘀𝗶𝗱𝗲𝗿𝗲 𝗮𝗱𝗲𝗰𝘂𝗮𝗱𝗼, 𝗱𝗲𝗿𝗶𝘃𝗮𝗻𝗱𝗼 𝘀𝗶 𝗲𝘀 𝗻𝗲𝗰𝗲𝘀𝗮𝗿𝗶𝗼 𝗮𝗹 𝗽𝗮𝗰𝗶𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗮 𝗹𝗮 𝗮𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶ó𝗻 𝗽𝗿𝗶𝗺𝗮𝗿𝗶𝗮 𝗼 𝗲𝘀𝗽𝗲𝗰𝗶𝗮𝗹𝗶𝘇𝗮𝗱𝗮”

    Para que se entienda mi queja divido la frase en apartados a) y b):

    a) 𝗟𝗮 𝗮𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶ó𝗻 𝗽𝘀𝗶𝗰𝗼𝗹ó𝗴𝗶𝗰𝗮 𝗮 𝗹𝗮𝘀 𝘃í𝗰𝘁𝗶𝗺𝗮𝘀 𝗱𝗶𝗿𝗲𝗰𝘁𝗮𝘀 𝗼 𝗶𝗻𝗱𝗶𝗿𝗲𝗰𝘁𝗮𝘀 (indirectas son los familiares de quién sufre de manera directa el siniestro vial) 𝗲𝗻 𝗰𝗮𝘀𝗼 𝗱𝗲 𝗮𝗰𝗰𝗶𝗱𝗲𝗻𝘁𝗲𝘀 𝗠𝗢𝗥𝗧𝗔𝗟𝗘𝗦 y…/…

    [deduzco aquí que al redactor de la noticia “se le ha colado” una parte del texto que se decició eliminar… cuando menciona que el servicio se dará también a las “𝘃í𝗰𝘁𝗶𝗺𝗮𝘀 𝗱𝗶𝗿𝗲𝗰𝘁𝗮𝘀” de un siniestro mortal…

    me explico: ¡como narices un psicólogo atiende a una 𝘃í𝗰𝘁𝗶𝗺𝗮 𝗱𝗶𝗿𝗲𝗰𝘁𝗮 𝗲𝗻 𝗰𝗮𝘀𝗼 𝗱𝗲 ‘𝗮𝗰𝗰𝗶𝗱𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗺𝗼𝗿𝘁𝗮𝗹’ (la víctima directa es quien sufre el siniestro) cuando ha fallecido!…]

    b) …/…𝘆 𝗮 𝗹𝗼𝘀 𝗮𝗳𝗲𝗰𝘁𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗲𝗻 𝗰𝗮𝘀𝗼 𝗱𝗲 𝘀𝗶𝗻𝗶𝗲𝘀𝘁𝗿𝗼𝘀 𝗰𝗼𝗻 𝗵𝗲𝗿𝗶𝗱𝗼𝘀 𝗴𝗿𝗮𝘃𝗲𝘀 𝗾𝘂𝗲 𝘀𝗲𝗮𝗻 𝗻𝗶ñ𝗼𝘀 𝗺𝗲𝗻𝗼𝗿𝗲𝘀 𝗱𝗲 12 𝗮ñ𝗼𝘀, 𝗵𝗮𝘀𝘁𝗮 𝗾𝘂𝗲 𝘀𝗲 𝗰𝗼𝗻𝘀𝗶𝗱𝗲𝗿𝗲 𝗮𝗱𝗲𝗰𝘂𝗮𝗱𝗼, 𝗱𝗲𝗿𝗶𝘃𝗮𝗻𝗱𝗼 𝘀𝗶 𝗲𝘀 𝗻𝗲𝗰𝗲𝘀𝗮𝗿𝗶𝗼 𝗮𝗹 𝗽𝗮𝗰𝗶𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗮 𝗹𝗮 𝗮𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶ó𝗻 𝗽𝗿𝗶𝗺𝗮𝗿𝗶𝗮 𝗼 𝗲𝘀𝗽𝗲𝗰𝗶𝗮𝗹𝗶𝘇𝗮𝗱𝗮

    Deduzco de la suma de incongruencias, que han “eliminado/recortado” del redactado original del apartado b) la parte dónde se proponía que era para todos los heridos graves y familiares; y dejándolo ahora sólo para heridos graves menores de 12 años, originando que la primera parte a) pierde el sentido y la coherencia

    [cómo decía, ¿qué coherencia tiene mantener en la primera parte a) de la frase, que 𝗟𝗮 𝗮𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶ó𝗻 𝗽𝘀𝗶𝗰𝗼𝗹ó𝗴𝗶𝗰𝗮 es para 𝗹𝗮𝘀 𝘃í𝗰𝘁𝗶𝗺𝗮𝘀 𝗱𝗶𝗿𝗲𝗰𝘁𝗮𝘀 𝗼 𝗶𝗻𝗱𝗶𝗿𝗲𝗰𝘁𝗮𝘀? cuando esa parte hace mención sólo a los fallecidos]

    Por cierto la atención a las víctimas directas e indirectas sin distinción de ningún tipo, viene establecido por la Ley de Atención a la Víctima de Delito, regulada por orden de EUROPA.

    OTRO HECHO DEL TODO INCONGRUENTE ES PONER UNA FRONTERA EN UNA EDAD (tan temprana por cierto) y además destacando que sólo va a ser atendiendo al paciente menor, y ya no a las víctimas indirectas -familia a la que NO se atiende- la exclusión de los familiares queda patente al final de la frase al establecer que sólo es para el paciente de 12 años (paciente quien recibe tratamiento médico y como ya no lo menciona como víctima directa o indirecta, sinó como paciente, es cuando se convierte en excluyente para la familia): 𝗵𝗮𝘀𝘁𝗮 𝗾𝘂𝗲 𝘀𝗲 𝗰𝗼𝗻𝘀𝗶𝗱𝗲𝗿𝗲 𝗮𝗱𝗲𝗰𝘂𝗮𝗱𝗼, 𝗱𝗲𝗿𝗶𝘃𝗮𝗻𝗱𝗼 𝘀𝗶 𝗲𝘀 𝗻𝗲𝗰𝗲𝘀𝗮𝗿𝗶𝗼 𝗮𝗹 𝗽𝗮𝗰𝗶𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗮 𝗹𝗮 𝗮𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶ó𝗻 𝗽𝗿𝗶𝗺𝗮𝗿𝗶𝗮 𝗼 𝗲𝘀𝗽𝗲𝗰𝗶𝗮𝗹𝗶𝘇𝗮𝗱𝗮…

    Yo resulté herido grave en un SINIESTRO VIAL en el año 2008 cuando un conductor borracho me arrolló, y en mi familia se sufrió mucho y teniendo hija menor de 5 años (obviamente no existía éste servicio), con consecuencias para todos hasta hoy por falta de atención psicológica temprana…

    Pero es que a día de hoy SE SIGUE DEJANDO DESAMPARADAS A LAS VÍCTIMAS (directas e indirectas) GRAVES y sólo se atiende si son menores de 12años y en exclusiva al menor, desamparando a la familia…

    𝗬 𝗡𝗢 𝗘𝗦 𝗣𝗔𝗥𝗔 𝗘𝗦𝗢 𝗣𝗢𝗥 𝗟𝗢 𝗤𝗨𝗘 𝗘𝗦𝗧𝗔𝗠𝗢𝗦 𝗟𝗨𝗖𝗛𝗔𝗡𝗗𝗢

    DESEAMOS QUE SE AMPARE SIEMPRE, ADEMÁS DE A LAS FAMILIAS DE LOS DIFUNTOS, TAMBIÉN A LAS FAMILIAS Y A LOS PROPIOS HERIDOS GRAVES, por sentido común y por el hecho que en las familias simpre hay menores que lo van a sufrir, y los adultos también lo sufren padres, primos (menores o no) tías, abuelos… además de por supuesto la propia víctima con lesiones graves.

    Por cierto, os aseguro (mi padre fué mortalmente atropellado en 1984) cuando yo contaba 14 años, que no encuentro adecuado poner “la frontera” en menos de 12 años… cuando además la protección del menor está fundamentada desde hace décadas en la legislación, como…

    La Ley Reguladora de la Resposabilidad PENAL del Menor establece que son inimputables penalmente antes de los 14 años, y que hasta los 18 años deben tener un sistema judicial “especialmente” diseñado para su edad, que es ampliable hasta los 21 años en caso de requerir condenas judiciales privativas de derechos (incluso conducir bajo efecto de alcohol y drogas se juzga distinto para ellos) que comporten o no ingreso en prisión…

    Sin olvidar la Ley de Protección Jurídica del Menor, para la protección tutelar del menor (caso de tutor ausente) en que la adon. debe hacerse cargo, etc

    ¿Cómo de un plumazo, y sin una equiparación mínima a la legislación de protección del menor existentes se SENTENCIA/establece que sólo hasta los menores de 12 años se va a dar asistencia psicológica en caso de siniestro vial con heridas graves?

    De nuevo recordad la Ley de Protección de la Víctima directa o indirecta del Delito, que ampara sin distinciones.

    𝗣𝗥𝗢𝗖𝗟𝗔𝗠𝗔𝗥 𝗔 𝗟𝗢𝗦 𝗖𝗨𝗔𝗧𝗥𝗢 𝗩𝗜𝗘𝗡𝗧𝗢𝗦 𝗤𝗨𝗘 𝗟𝗔 𝗔𝗧𝗘𝗡𝗖𝗜Ó𝗡 𝗣𝗦𝗜𝗖𝗢𝗟Ó𝗚𝗜𝗖𝗔 𝗧𝗘𝗠𝗣𝗥𝗔𝗡𝗔 𝗘𝗦 𝗘𝗦𝗘𝗡𝗖𝗜𝗔𝗟

    BASTA YA DE RECORTES Y DE “NEGOCIACIONES”, CON DESCUENTOS Y REBAJAS… A COSTA DE LAS VÍCTIMAS DE SINIESTROS VIALES

    QUÉ DEBEN SER ATENDIDAS TODAS, TANTO DIRECTAS COMO INDIRECTAS… CON INDEPENDENCIA DE LA EDAD.

    http://infotransit.blog.gencat.cat/2017/11/01/el-servicio-catalan-de-trafico-ofrecera-las-24-horas-del-dia-un-servicio-de-atencion-psicologica-de-respuesta-inmediata-despues-de-sufrir-un-accidente/

    PD.- Espero que eso de que el servicio psicológico será activado sólo por los Mossos d’Esquadra se amplíe en breve a las Policías Locales y que de facto el SEM (Servei d’Emergències Mèdiques) también lo active.

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