En julio de este año el permiso de conducir por puntos ha cumplido catorce años. La medida se implementó a la vista de que en otros países como Reino Unido, Francia, Alemania o Italia los resultados en la reducción de siniestros de tráfico fueron realmente significativos. Este recurso tiene una doble vertiente: a) la coercitiva, ya que la comisión de infracciones o de delitos contra la seguridad vial puede suponer la pérdida de vigencia del permiso de conducción (vía administrativa) o la privación del derecho a conducir (vía penal), y b) la de sensibilización y reeducación vial, pues se hace preceptivo que los conductores infractores realicen un curso de sensibilización para evitar perder su permiso, recuperarlo o ser privados de su derecho a conducir.
A día de hoy podemos confirmar que el permiso por puntos, como medida reeducadora y de sensibilización, ha sido efectivo en la mayoría de los conductores infractores que han pasado por la formación, sea por conducir bajo los efectos del consumo de alcohol y otras drogas o por velocidad, por distracción al volante… El objetivo formativo y psicológico de la intervención (aquí en Cataluña) se centra en cambiar o mejorar las ACTITUDES y no tanto en las APTITUDES de los conductores, pues tanto formadores como psicólogos tienen claro que cualquier conductor, cuando obtuvo su permiso de conducir, demostró su APTITUD en conocimientos teóricos (SABER) y en el manejo y destreza del vehículo (SABER HACER). En caso contrario, no habrían obtenido la autorización para conducir. Siendo así, parece obvio que hay que poner el acento en las actitudes de estos conductores para que sigan haciendo (QUERER HACER) lo que demostraron SABER el día que aprobaron su examen.
La cuestión es que la realidad nos demuestra, en forma de reincidencia, que existe un pequeño porcentaje de estos usuarios a los que parece no funcionarle “el tratamiento”. Esta ineficacia puede deberse a: a) la adicción al alcohol u otras drogas, pues en algunos casos la dependencia puede más que el compromiso sincero de cambio que haya manifestado el infractor ante la víctima, el formador o el psicólogo; b) el síndrome de Superman (a mí no me va a pasar, por lo que puedo beber y conducir, usar el móvil mientras conduzco, circular a velocidades excesivas…; c) por atribución externa de la causalidad, ya que no aceptan su responsabilidad, porque el problema, según ellos, es el afán recaudatorio, los agentes que no muestran empatía, los etilómetros que están desajustados o las señales que están mal puestas, cerrando así su posibilidad de cambio.
Pienso que ahora es tiempo de ajustar la intervención con el fin de optimizar los resultados: aumentando el tiempo de presencia del profesional de la psicología (experto en cambio de actitudes y dinámica de grupos) y estableciendo alianzas con la autoridad sanitaria para que nos ayude con los casos de dependencia al alcohol y otras drogas.
Sebastià Sánchez Marín
Presidente de la Sección de Psicología del Tráfico y de la Seguridad del COPC y profesor de la Universidad Autónoma de Barcelona